escribe Claudio Lozano, Economista*
La experiencia neoliberal puesta en marcha por el golpe de Estado en 1976, y profundizada durante los ‘90, consumó de la mano del proceso de apertura, desregulación, privatizaciones y endeudamiento externo, un cuadro de desarticulación productiva y fuga de capitales que explica el proceso de deterioro e involución social vivido por nuestro país hasta hoy.
Para sostener eso, se creó una compleja estructura normativa y de instancias supranacionales, de cesión de jurisdicción soberana a favor de tribunales extranjeros; un beneficio tanto para los especuladores -en el marco de lo que fue el proceso de endeudamiento público-, como para aquellos que llevaron adelante inversiones en la Argentina. Ahí reside el núcleo central de la problemática tanto del endeudamiento como de las inversiones en nuestro país.
Someterse al CIADI que es una instancia supranacional, es una cesión de jurisdicción soberana a favor de tribunales extranjeros
En este marco se inscribe la problemática del CIADI- Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones, que es el órgano que se arroga la potestad de administrar “justicia” a la hora de las demandas judiciales que las multinacionales realizan a los Estados Nacionales, frente a alguna medida que consideren que “afecte sus intereses y el clima de inversiones”, protegidos por las cláusulas lesivas al interés nacional que abundan en los Tratados Bilaterales de Inversión (TBI).
El problema es tan central y está llamativamente tan afuera de los debates, que se trata de una cesión de soberanía, que viola la Constitución Nacional argentina, en aras de promover un “adecuado clima de negocios” para la llegada de capitales extranjeros.
El problema además, es que este Tribunal Arbitral depende del Banco Mundial, y éste a su vez, designa la composición de los “jueces” responsables de “administrar justicia”. En todos los casos, los tribunales se conforman con un representante propuesto por la empresa y uno que designa el propio Estado. Si hay un representante de la empresa que reclama y uno del Estado ¿qué puede fallar? Lo particular es que en caso de que no haya acuerdo entre los que integran en partes iguales el tribunal, quien desempata es el Presidente del Banco Mundial, y por esta razón en la historia del CIADI siempre ganan las empresas. Es decir, una trampa judicial perpetrada por los representantes del capital trasnacional en el marco de la connivencia de las instituciones financieras internacionales (BM) y de la propia ONU.
La puesta en marcha de un esquema de política económica distinto a partir de la implosión de la convertibilidad en 2001, no implicó, en ningún caso, modificar el sistema normativo creado en los ‘90.
No haber puesto en marcha la revisión normativa correspondiente, da como resultado, en el caso de los Tratados Bilaterales de Inversión y del CIADI, la persistencia de un conjunto de demandas millonarias sobre la Argentina que acumulan, según los cálculos disponibles, entre U$S 17.000 millones y U$S 65.000 millones según los datos de la Procuración del Tesoro en base a las 42 demandas pendientes de resolución en dicho tribunal.
Argentina acumula 42 demandas en el CIADI que según datos de la Procuración del Tesoro significan unos U$S 65.000
Esa responsabilidad le cabe a la gestión del Justicialismo kirchnerista que no solo no mostró demasiada energía a la hora de impulsar la creación de instancias regionales que fortalecieran la integración latinoamericana (Fondo del Sur, Banco del Sur, Moneda Común, etc.), sino que tampoco tuvo la voluntad política para encarar un proceso de auditoría, investigación, revisión y denuncia de estos marcos normativos. Del mismo modo, tampoco se dieron pasos que permitieran recuperar soberanía nacional en materia jurídica. Dadas las acciones decididas por el gobierno de la Alianza Cambiemos, nada puede esperarse respecto a modificar la actual situación.
En suma, llegamos a este 9 de julio bajo la vigencia de normas y decisiones que violentan la Constitución Nacional, y que transforman nuestra independencia, en el campo de la economía, en una mera formalidad. Esta situación, obviamente, pone en cuestión el futuro de la Argentina.
El país tiene firmados 56 acuerdos (Tratados Bilaterales de Inversión), los cuales por una definición de inversión absolutamente vaga, amplia y ambigua se caracterizan en primer lugar, por extender la protección a los inversores, aún en caso de que se registren cambios en la propiedad de las firmas. En este sentido, si los accionistas de la empresa se modifican, la protección que originariamente se otorgó a quien luego se desentendió de la empresa, se mantiene. Los TBI incorporan también las cláusulas de trato justo, de Nación más favorecida, de trato nacional y establecen compensaciones fuertes frente a cualquier proceso expropiatorio. Un caso notorio es el de Repsol, que incumplió notoriamente sus compromisos de inversión y de cuidado del medio ambiente pero a la cual al momento de expropiarla, la Argentina tuvo que resarcir con montos millonarios por la demanda que la empresa interpuso en el CIADI. Se pudo haber revisado la normativa, insistimos, pero no se hizo.
Repsol, incumplió notoriamente sus compromisos, pero al momento de expropiarla, la Argentina tuvo que resarcir con montos millonarios.
Pero las limitaciones del CIADI no se restringen al ámbito exclusivamente de empresas productivas, sino que fue parte fundamental de la trampa de hierro en que entró el Gobierno anterior al realizar canjes de deuda dejando fuera a un porcentaje mínimo de acreedores. Esto les permitió a ellos activar demandas multimillonarias en el CIADI por medio de lo cual acorralaron el acceso al crédito internacional por parte de nuestro país. Situación que se revirtió recién, cuando el nuevo gobierno de Cambiemos accedió a cumplir la totalidad de las demandas planteadas por dichos acreedores, denominados “buitres” pero que en la práctica ya habían participado de los canjes anteriores (2005 y 2010).
Nuestra experiencia contrasta con la del vecino Brasil, que nunca se transformó en miembro del CIADI, a pesar de que tienen 14 tratados firmados, pero ninguno de ellos fue aprobado por su Parlamento. Por lo tanto, ninguno de ellos se ha puesto en vigencia.
Del mismo modo, México tampoco forma parte del CIADI; y en ambos casos, tanto México como Brasil fueron plazas privilegiadas en lo relativo al acceso a inversiones y financiamiento. Esto demuestra la repetida falacia de que los países que aplican los Tratados Bilaterales de Inversión y que reconocen la jurisdicción del CIADI sean los más beneficiados por la inversión extranjera directa. Es más, la evidencia indica que los países que más inversión extranjera han recibido son casualmente aquellos que establecen restricciones a los procesos de inversión. Es el caso del sudeste asiático, de India, de China, de Brasil. En el caso de China debe aclararse que recién se incorporó al CIADI una vez que se transformó en exportador de inversiones, no en la etapa en que fue importador de las mismas. Aparece claro que los países que establecieron restricciones, que no se sumaron al arbitrio del CIADI, fueron precisamente los que dieron a la inversión un rumbo más ligado al tema del desarrollo industrial, a contramano de la experiencia Argentina en donde las denominadas inversiones estuvieron asociadas a la explotación sobre recursos naturales, procesos privatizadores y en muchos casos, adquisiciones de empresas ya existentes.
De este modo, queda en evidencia que el modo en que se desplazan los flujos de inversión extranjera directa claramente no tiene relación siquiera con las estructuras normativas de los países. Los flujos de inversión extranjera directa se dirigen a aquellos mercados que por diferentes razones posibilitan ganancias extraordinarias.
INVERSIONES PARA QUÉ
Hablando de inversiones, otro elemento central para el caso Argentino, es la formidable fuga de capitales expresada en los cerca de 400.000 millones de dólares que los millonarios de nuestro país mantienen en el exterior. Cifra ésta que supera incluso al monto del endeudamiento externo argentino (288.000 millones de dólares). Este dato ilustra con contundencia que el problema central de nuestro país no es la llegada de inversión extranjera directa, sino los marcos regulatorios que nos permitan destinar el excedente que la Argentina genera a ampliar y diversificar su estructura productiva.
Para esto, la prioridad debe ser generar la institucionalidad necesaria para garantizar, primero, que el excedente que se genera vuelva en términos de inversión, cambio productivo y desarrollo; y en segundo lugar, en ese marco, colocar a la inversión extranjera como complemento de ese proceso que la Argentina tiene que llevar adelante.
Sin embargo, el proceso histórico reciente de nuestro país fue el inverso. En efecto, los Tratados Bilaterales de Inversión, que arrancan durante el menemismo, con Domingo Cavallo como ministro de Economía y Guido Di Tella como Canciller en el año 1993, son la puerta de entrada a un proceso que ya se venía dando, pero que cobra inusitada fuerza a partir de los 90: es el proceso de extranjerización del aparato productivo local.
La información oficial del INDEC indica que ya en el año ’93, de las 500 firmas más grandes un 43,8% estaban en manos extranjeras, que producían el 60% de las ventas y representaban el 65% de las utilidades. Ese proceso no dejó de avanzar, gobierno tras gobierno: en la actualidad, el 65% de las 500 empresas más importantes están en manos extranjeras, que son el 80% de la facturación y prácticamente el 85% de las utilidades del núcleo dinámico empresarial de nuestro país.
el 65% de las 500 empresas más importantes están en manos extranjeras, que son el 80% de la facturación y prácticamente el 85% de las utilidades del núcleo dinámico empresarial de nuestro país.
En síntesis, los TBI- Tratados Bilaterales de Inversión son la normativa que permitió que la Argentina recorriera un fuerte proceso de extranjerización de su aparato productivo antes que un proceso de inversión y modernización del mismo, y por ello, los TBI y el CIADI son parte de la institucionalidad y la normativa montada hace ya 24 años por los sectores dominantes, a partir de la cual asientan y reproducen sus condiciones de dominación sobre el conjunto de nuestra sociedad.
En este sentido es muy sintomático que cada medida que se tome en Argentina produce que las empresas ‘perjudicadas’ recurran a los tribunales del CIADI para entablar millonarias demandas. A Repsol se le pagó U$S 5.000 millones, a Azurix, Blue Ridge Investments, Vivendi, National Grid y Continental Casualty Company unos U$S 500 millones (en 2013), y sigue la lista. No es menor el comportamiento de las empresas mineras que operan en Argentina, que recurrieron al CIADI cuando el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner dispuso que liquidaran sus divisas en el país y se sintieron ‘perjudicadas’.
En este 9 de julio, y basado en mi experiencia como legislador, sostuve y sostengo que hay que promover una amplia reflexión sobre este tema tan estructural y tan escasamente debatido.
En las convocatorias y audiencias públicas que motorizamos surgieron sendos proyectos de ley para denunciar los TBI y pedir el retiro del CIADI, algo que puede hacerse como lo han demostrado las decisiones soberanas de Bolivia y Ecuador al retirarse de un organismo que en la práctica, lejos de constituir un tribunal que imparte justicia, es un verdadero guardián de los intereses de las empresas trasnacionales.
De decisiones como esta depende la posibilidad de retomar el camino de nuestra independencia.♦♦
*Claudio Lozano es Diputado Nacional (MC), Presidente del partido Unidad Popular – Coordinador del Instituto de Pensamiento y Políticas Públicas de UP y Precandidato a diputado nacional por el frente Convocatoria Abierta por Buenos Aires (CAxBA) para las elecciones parlamentarias 2017.
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